-
Ubicación: Calle Priorato, 103, Local, Leganés, 28915 (Madrid)
- Resto de España - cita previa.
- Teléfono: (+34) 624 42 98 90
Horario (con cita previa):
- Lunes a Jueves:
9:30h – 13:30h / 17:00h – 20:30h - Viernes: 9:30h – 13:30h
- Sábado: 10:00h – 12:00h
Horario (con cita previa):
El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de San Lorenzo de El Escorial ha dictado auto favorable a la no vacunación de dos menores de 8 y 11 años frente al Covid-19.
El auto, del procedimiento llevado por MRR & Asociados, sostiene tal decisión en el informe del Médico Forense adscrito al Juzgado y en la falta de beneficio individual acreditado sobre los menores, que viene a reconocer los siguientes puntos:
“Cualquier acontecimiento adverso que requiera o prolongue la hospitalización, que dé lugar a una discapacidad significativa o persistente o a una malformación congénita que ponga en peligro la vida del paciente o que resulte mortal , así como cualquier otra patología que se considere clínicamente significativa’.
Esto significa que una inmunización completa no excluye la capacidad de contagio, ni de trasmisión del virus a personas con patologías o de edad avanzada, por lo que el debate entre el interés del bien común por encima del interés individual ya no es discutible.
Como conclusión médico legal afirma dicho informe oficial:
“Tras los conceptos anteriormente expuestos, se deduce que la vacuna no evita la transmisión de la infección sino la gravedad de sus efectos y, en niños, el riesgo de desarrollar complicaciones graves por contraer la enfermedad es muy baja. Se podría recomendar la vacunación en niños que formen parte de los grupos de riesgo (trasplantados, inmunodeprimidos, etc) pero en niños sanos la relación riesgo/ beneficio no está clara”.